la dificultad para acceder, el aislamiento, la marginación o ignorancia de la ley positiva, gastos onerosos han hecho imprescindible la administración de justicia al interior de los pueblos indígenas, por intermedio de autoridades propias; consiguientemente ha hecho indispensable pensar en mecanismos sencillos, eficaces y flexibles de acuerdo a las circunstancias; y es precisamente la práctica del Derecho Indígena en diferentes aspectos de la vida humana, constituyéndose formas propias de administración de justicia. De esto sobresalen algunas características especiales como: que se aplica una justicia imparcial, sin corrupción ni gastos y sin la lentitud reinante en la actualidad, el pueblo participa en el juzgamiento, la sanción indígena es menos grave, más familiar y social que la administración de justicia ordinaria; consiguientemente tiene principios y características propias y diferentes.
Esto es lo que dicen los pueblos indígenas entrevistados, que ellos se basan en las versiones de los testigos que se encontraban en el momento del hecho, que la justicia indígena se basa en la costumbre ancestral pero sabemos todos que la costumbre no es ley, esta se convierte en ley cuando la ley se remita a ella.
Pongámonos a pensar por un instante:
¿Qué es esto justicia indígena o ajusticiamiento?
la justicia indígena se basa en sus creencias ancestrales, regresemos en la historia, los pueblos indígenas utilizaban los baños para ola purificación de alma y de espíritu y ellos no tenían electricidad en ese tiempo pero ustedes ven que en la actualidad se aplicó ese método y en forma drástica de maltratar físicamente al presunto delincuente, en donde queda los derechos humanos , la dignidad de las persona ,la constitución ecuatoriana reconoce la justicia indígena en el artículo 71 y en este mismo artículo lo contradice siempre y cuando respetando los derechos humanos reconocidos.
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